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Convención sobre los Derechos del Niño

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New York en 1988

La Convención sobre los derechos del niño o Convención Internacional de los derechos del niño (CIDE) es un tratado internacional que persigue el objetivo de establecer y asegurar los derechos del niño.

La misma ha sido adoptada el 20 de noviembre de 1989 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que reunió a los representantes de cada Estado Miembro de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Seguidamente, la Convención fue firmada y ratificada por la mayoría de los Estados; de esta forma cada uno de ellos se compromete ante los demás Estados a respetar el texto.

Esta Convención es considerada la continuación de la Declaración de los derechos del Niño, adoptada 30 años antes, cuyo contenido de diez artículos denominados “principios”, resultó ser una simple Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

Texto[editar · editar código]

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Épigraphe de l’image: Un niño tanzano leyendo El texto de la Convención sobre los derechos del niño puede encontrarse entre otros formatos: en texto integral (completo) en las páginas del Comité de los derechos del niño. en texto simplificado para niños en droitsenfant.org; en texto completo, seguido de un resumen. Fichier:Convention droits enfant.pdf

Historia[editar · editar código]

Estatua de Janusz Korczak (1878 - 1942), autor de libros sobre los derechos del niño.

La idea de un texto sobre los derechos del niño que poseyera el valor de un tratado internacional, estuvo presente durante varios años, sin embargo fue el gobierno polaco quien toma la iniciativa del proyecto y en 1978 propone a la ONU una primera versión de la Convención. Polonia tiene como referente a Janusz Korczak (muerto en 1942), quién reflexionó, puso en práctica y escribió sobre los derechos del niño. Los representantes de Polonia que proponen este proyecto citan a Korczak y se inspiran en su trabajo.

1979 es declarado como el “Año Internacional del niño” por la ONU, la cual acepta y sostiene el proyecto. Los delegados de los Estados voluntarios conforman un equipo de trabajo para preparar la Convención, siendo el proyecto continuado igualmente por muchas organizaciones no gubernamentales (ONG) y por organismos dependientes de la ONU, como UNICEF y la Comisión de los derechos del Hombre. A partir de 1979 hasta la adopción de la Convención, el equipo de trabajo -cuyos gastos fueron pagados por la ONU- cuenta con una Secretaría (Oficina) en Ginebra (Suiza), en la que, dos veces por año, su Asamblea reúne delegados de casi 40 países del mundo. Era necesario que, dentro del margen de su utilidad y eficacia, el texto sea adaptado y aceptable para los diversos Estados.

Este trabajo tuvo una duración de 10 años. Con posterioridad a la modificación y completitud del texto durante este período, fue adoptado el 20 de noviembre de 1989, exactamente 30 años después de la Declaración de los derechos del niño. La Convención entra en vigencia (es válida) el 2 de septiembre de 1990, un mes después que 20 países ya la habían ratificado. Fue firmada y ratificada ágilmente, por la mayoría de los Estados, con relación a las demás convenciones de la ONU. Actualmente, todos los Estados del mundo a excepción de tres la han firmado y ratificado, en ocasiones con reservas respecto a alguno de sus puntos. Únicamente Estados Unidos, Somalia y Sudán del Sur no la han ratificado. Estados Unidos, prorroga con frecuencia firmar los tratados que consideran vinculantes, pero el proyecto de ratificar la convención siempre está presente. Somalia se enmarca dentro de una difícil situación política y Sudán del Sur es un país que no obtuvo su independencia hasta 2011.

Contenido[editar · editar código]

La Convención relativa a los derechos de los niños está conformada por un preámbulo y 54 artículos divididos en tres partes. Los 41 primeros artículos establecen cuáles son esos derechos, en tanto que la segunda parte habla de su aplicación y cuáles deben ser los medios necesarios para su verificación, y la tercera parte prevee su aplicación desde el punto de vista del derecho: a partir de cuándo la convención entra en vigencia luego de su firma y ratificación por parte de los países (la palabra convención significa acuerdo o tratado) y cuáles son los mecanismos para su modificación o ampliación.

La definición de niño a los efectos de la aplicación de la convención está precisada en el artículo primero: se trata de todo ser humano menor de dieciocho años, salvo que las leyes internas del país establezcan que la mayoría de edad se obtiene antes de los dieciocho años previstos por la convención. Varios artículos precisan que para la aplicación de la convención deberán tenerse en cuenta tanto la edad como el estado de madurez del niño, en vista de las grandes diferencias que existen entre un niño recién nacido y un adolescente más cercano a la edad adulta.

Los artículos de la convención establecen derechos de diferente naturaleza.

Identidad y Familia[editar · editar código]

Varios artículos refieren a derechos sobre la identidad y sobre la familia.

Se trata de los derechos a la vida, a un nombre y a una nacionalidad, el respeto de la identidad del niño. El derecho de no separación entre el niño y sus padres está precisado en la convención de la siguiente manera: “Los Estados parte garantizan el derecho del niño de no ser separado de sus padres contra su voluntad, salvo que las autoridades competentes decidan que, bajo reserva de revisión judicial y conforme a las leyes y procedimientos aplicables, dicha separación es necesaria para la protección del interés superior del niño. Una decisión en este sentido puede ser necesaria en ciertos casos particulares como por ejemplo en casos de maltrato de los padres para con los niños o de descuido de los mismos, o para el caso de padres que viven separados y que la decisión deba tomarse a los fines de establecer un lugar de residencia para el niño.” Luego, el artículo precisa el derecho que asiste al niño que ha sido separado de uno de sus padres o de ambos, de tener contacto directo con ellos o de verlos regularmente (art. 9).

El artículo 18 establece la obligación de los padres de educar al niño. Establece que ambos padres son responsables a fin de asegurar su normal desarrollo, siempre guiados por el principio de respeto al interés superior del niño.

El artículo 5 habla del derecho y del deber de los padres de guiar y de orientar a sus hijos. Entendido esto como el rol correspondiente a la familia en sentido extendido o a la comunidad en su conjunto, según las costumbres y la situación particular de cada uno. El artículo 14, referido a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión establece que los niños gozan de los mencionados derechos y agrega que los padres tienen el derecho y el deber de guiar al niño para el ejercicio de los mismos, en función de su edad y de sus capacidades. El artículo 30 dice que los niños pertenecientes a minorías que posean una religión, una cultura o una lengua propias, no deben ser privados de ellas.

Los padres o la familia en sentido extenso, tienen en consecuencia el derecho de transmitir su identidad, su religión y su cultura al niño, siempre respetando su libertad en función de la edad del menor. Lo dicho implica que un Estado no puede separar a los niños de sus respectivas familias y comunidades o de la influencia que las mismas tienen sobre los niños, aún en caso que los representantes del Estado digan que es para brindarles una mejor educación. En efecto, la situación descripta se ha presentado en numerosos países a lo largo del siglo XX.

Protección[editar · editar código]

Estos son los derechos más conocidos.

Se trata del derecho de los niños a ser protegidos contra la violencia y los malos tratos, inclusive los de sus propios padres, y a ser protegidos contra el abandono y la negligencia de sus padres.

Los países deben estar atentos a estas situaciones e intervenir en caso de malos tratos. Incluyen también los derechos al cuidado de la salud, a un buen nivel de vida, a ser protegidos contra toda forma de explotación y sobre todo de la explotación y de la violencia sexual.

En cuanto al trabajo infantil, la convención no lo prohíbe pero establece que deben estar protegidos de la explotación económica y de los trabajos que implican riesgos o que son negativos para su desarrollo (artículo 32). La convención solicita también que los países tengan una reglamentación sobre el trabajo infantil (edad mínima, limitación de horarios, etc.).

La protección concierne también las drogas, el secuestro y la venta de niños. Limita la participación de los niños en las guerras.

Los artículos 37 y 40 establecen protecciones y garantías en caso de acusación de delito o crimen y también en casos de condenas a prisión. Un niño o adolescente no debe ser arrestado sin justa razón. Si es sospechoso o declarado culpable de un delito o de un crimen, debe ser informado inmediatamente por lo que se lo acusa, debe poder pedir ayuda para defenderse y ser respetado y protegido teniendo en cuenta su edad. Su detención debe ser la última opción posible. En prisión, debe ser tratado humanamente y con dignidad, debe poder mantenerse en contacto con su familia, debe ser asistido, su situación debe ser tratada con justicia, y su juicio no debe demorarse. Los Estados deben encontrar leyes y medidas adaptadas a los niños reconocidos como culpables. Cuando las instituciones tomen decisiones que conciernen a un niño “el interés superior del niño debe ser una consideración primordial” (art. 3).

Enseñanza o educación escolar[editar · editar código]

Los artículos 28 y 29 conciernen la educación y sus objetivos.

Los países deben ofrecer una enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos, y la enseñanza secundaria, tanto general como profesional debe ser abierta y accesible al igual que la enseñanza superior en función de las capacidades de cada uno. Los niños y los adolescentes deben estar informados sobre la orientación escolar y profesional.

En cuanto al contenido, se trata de “facilitar el acceso a los conocimientos científicos y técnicos y a los métodos de enseñanza modernos”.

Según la convención, los objetivos de la educación son:

  • Favorecer el desarrollo de la personalidad del niño y de sus capacidades.
  • Respetar los derechos del hombre y de las libertades individuales.
  • Respetar la familia, la cultura y el país donde habita.
  • Respetar la naturaleza.
  • Prepararse para las responsabilidades de la vida en una sociedad libre, con un espíritu de paz y tolerancia.

Tiempo libre y medios de comunicación[editar · editar código]

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El artículo 17 establece que los países deben cuidar que los medios de comunicación (radio, televisión, diarios, internet) transmitan a los niños informaciones adaptadas y útiles, sobre todo culturales, que le permitan comprender las otras culturas.

Los niños deben ser protegidos de las informaciones que podrían ser contrarias a su interés y su bienestar, respetando la libertad de expresión y de información de los niños. El Articulo 31 otorga al niño el derecho al reposo y al tiempo libre “jugar y realizar actividades recreativas propias de su edad, y participar libremente en la vida cultural y artística”.

Derechos de participación[editar · editar código]

Finalmente, una parte de la convención se dedica a los derechos llamados “de participación”, “positivos” o “políticos”, es decir, los artículos que dan a los niños, en función de su edad, los derechos a expresarse y a actuar como personas autónomas. Estos derechos son:

  • El derecho de expresión del niño (artículo 12): está establecido que las opiniones del niño deben ser tenidas en cuenta, considerando su edad y su grado de madurez. Lo que no implica que los adultos están obligados a hacer lo que el niño pide, sino que ellos no pueden ignorar lo que el niño diga sobre algo que lo concierne, o no tener en cuenta sus opiniones sobre alguna cuestión importante. Los adultos pueden, sin embargo, tener sus razones para tomar otras decisiones.
  • La libertad de expresión y de información (artículo 13) es el derecho de expresar la opinión personal, el derecho de buscar, recibir y transmitir informaciones. Este derecho tiene sus límites: los derechos y la reputación de los otros o los riesgos para la sociedad.
  • La libertad de pensamiento, conciencia y religión (artículo 14).
  • La libertad de asociación y de reunión, con los mismos límites que para la libertad de expresión (artículo 15).
  • El derecho a la protección de la vida privada, por ejemplo su domicilio, su correo y el intercambio eventual de mensajes. El niño debe ser protegido contra los ataques a su honor y a su reputación (artículo 16).

Estos derechos no estaban presentes en la Declaración de los derechos del niño de 1959. Esta reconoce los derechos del niño como ciudadanos, aunque estos no son tan extensos como los derechos de las personas mayores.

Aplicación de la convención[editar · editar código]

Los Estados deben respetar y hacer respetar la convención. En algunos casos es necesario que adapten nuevas leyes o que se cambien algunas para respetar este compromiso. Por ejemplo: el artículo 317 del Código civil francés que trata sobre la autoridad de los padres, ha sido modificado por una ley del año 2002 adjuntó los siguientes enunciados: “Los padres vinculan al niño a las decisiones que le conciernen, según la edad y el grado de madurez”. Esto hace referencia al artículo 12 de la convención: “Los Estados parte garantizan al niño que es capaz de discernir el derecho a expresar libremente su opinión sobre todo tema que le interese, las opiniones del niño deben ser tomadas en cuenta considerando su edad y grado de madurez.”

Cuando no hay leyes que retoman lo que requiere la convención, teniendo la misma la cualidad de tratado, ésta debe ser superior a la ley y puede normalmente aplicarse directamente, sin embargo esto puede quedar en discusión.

Varios artículos refieren a las obligaciones de los Estados. El artículo 6, por ejemplo, expresa: “2. Los Estados parte aseguran en toda medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño”.

La aplicación de los derechos del niño nunca termina y la situación de los niños en el mundo muestra que los objetivos que contiene la convención están lejos de ser realizados.

La convención prevé que su aplicación sea controlada y verificada. El artículo 43 creó un grupo para esto: la Comisión de derechos del niño. Posee dieciocho miembros, elegidos por cuatro años por los representantes de los países. La ONU se hace cargo de los gastos de funcionamiento de esta comisión así como del salario de sus miembros.

Los dos siguientes artículos detallan el funcionamiento y el rol de esta comisión. La misma se reúne tres veces por año en Ginebra (enero, mayo y septiembre) en sesiones de tres a cuatro semanas cada una. Los Estados parte (que han firmado y ratificado la convención) deben preparar y presentar a la comisión informes sobre la aplicación de los derechos previstos por la misma cada cinco años.

Una vez leídos y estudiados, la comisión responde a estos informes con “observaciones finales”. La misma colabora con otros organismos de la ONU o de las ONGs y se ocupa también de informar lo mejor posible sobre los derechos del niño.

Sin embargo, esta comisión no tiene el poder de imponer sanciones o de solicitar cambios a un país que no haya respetado ciertos derechos de la convención.

Críticas y soportes de la convención[editar · editar código]

La convención ha sido criticada sobre varios puntos:

Se la critica por ser demasiado idealista, sin que pueda cambiar las dificultades de los niños en los países pobres. Además, atribuir a los niños el derecho de ciudadanos (de expresión), sería darles una responsabilidad que podría ser peligrosa: la mejor manera de crecer sería bajo la tutela de los adultos, especialmente para formar sus ideas antes de convertirse, ellos mismos, en adultos. Algunos lamentan que la convención contenga sólo derechos y no deberes.

Por el contrario, la convención fue sostenida y aclamada por numerosas personas, que consideran que ésta permite una mejor protección a los niños, y un cambio positivo en el modo de tratarlos, por ejemplo por el hecho de tomar en cuenta sus opiniones sobre las cuestiones que les competen.

Références[editar · editar código]